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Normativa VMP (Vehículos de Movilidad Personal) en Barcelona. ¿Vives en Barcelona? ¿Conoces la regulación vigente de este tipo de vehículos? ¿No? ¿A qué esperas? ¡Sigue leyendo este post!

¿Habéis oído alguna vez la frase que dice "ignorantia juris non excusat o ignorantia legis neminem excusat"?

Si no lo has oído, ¡no te preocupes! A continuación, te lo explicamos para que lo tengas presente. Este principio de derecho, indica que la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento. ¿Qué significa? Qué aunque desconozcas la normativa, debes cumplirla. Basándonos en lo que acabamos de mencionar, hemos creído que seria de gran utilidad un breve resumen con los detalles más importantes con relación a la regulación vigente de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

Antes de profundizar, queremos indicar que, debido al incremento de usuarios de los VMP, Barcelona y muchos otros municipios, tienen una ordenanza propia para regular estos vehículos y los ciclos de más de dos ruedas.

En este blog, ya hemos comentado previamente la normativa general de los VMP en España. En el artículo "¿Cuándo me pueden multar si llevo un patinete eléctrico?", hacemos mención, entre otras cosas, a la función de los municipios para regular ordenaciones legales que no sean contrarias al art. 93.2 del Reglamento General de Circulación.

A continuación, os presentamos un resumen de los detalles más importantes de la normativa vigente en esta ciudad.

Características, Ámbitos y Condiciones de los VMP

Normativa VMP en Barcelona. Datos Vehículos de Movilidad Personal

Fuente: Ayuntamiento de Barcelona

*En caso de actividad de explotación económica.

**En caso de transportar a personas, los conductores deberán ser mayores de edad.

Circulación de los VMP

Antes de ahondar en el tema de la circulación, es importante recalcar que, cuando utilizamos VMP, es imperativo ir con mucho cuidado con los peatones. Hay que saber que:

  • Los peatones tienen prioridad. Hay que evitar maniobras bruscas que puedan afectarlos. Ante todo, seguridad.
  • Solo se puede circular en sentido señalizado. Evitemos que:
    • Las personas que circulan correctamente, ya sean usuarios de patinetes o peatones, sean forzadas a realizar maniobras peligrosas debido a aquellas personas que no va en la dirección correcta.
  • Es obligatorio aminorar la velocidad al pasar por los pasos de cebra.
  • Velocidades permitidas al circular con VMP son:
    • En el caso del Carril Bici:
      • En la Acera: hay que ir a 10 km/h.
      • Por la Calzada: se puede ir hasta los 30 km/h.
    • Calzada zona 30: se permite ir hasta los 30 km/h.
    • En los Parques: la velocidad adecuada son los 10 km/h.

A continuación, encontraréis un recuadro con un breve resumen de las zonas por las que los VMP pueden circular, por los que no y por las que deben prestar especial atención a la velocidad.

Normativa VMP en Barcelona.Cuadro explicativo Circular con VMP

Fuente: Ayuntamiento de Barcelona

! Podrán circular si la velocidad máx. es superior a 20 km/h

!! Pueden circular solo para poder llegar a los chiringuitos para cargar y descargar.

Estacionamiento de los VMP

En relación con el estacionamiento, es importante tener claro que los vehículos de movilidad personal no se podrán aparcar en zonas que no estén habilitadas para ello.

Las Sanciones

Para finalizar, con respecto a los VMP, las sanciones incluidas en la ordenanza son las siguientes:

  • Leves: multas de hasta 100 €.
  • Graves: multas que pueden llegar a los 200 €.
  • Muy graves: multas de hasta 500 €.

Ahora, ya dispones de toda la información relativa a la Normativa VMP en Barcelona. Te recomendamos sigas este Blog para mantenerte informado de todas las novedades.

Esperamos que esta información te haya servido de ayuda. ¡Hasta la próxima emover!

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